Usos posibles en edificios Patrimoniales
En la rehabilitación de edificios, muchas veces se plantea un cambio del uso original, bien por temas económicos, bien por cambio en las necesidades de sus actuales propietarios o, bien sencillamente por las de los nuevos propietarios en una compraventa. En el caso de los inmuebles protegidos, esto es absolutamente posible, aunque con algunas peculiaridades como ahora veremos.
¿Qué normativa regula el cambio de uso?
El cambio de uso en los inmuebles se encuentra absolutamente regulado en el normativa municipal, que en el caso de la ciudad de Madrid, es el Plan General de Ordenación Urbana del año 1997 y posteriores modificaciones. En concreto, este aspecto se encuadra determinado en el título 8 de dicho Plan de título “Condiciones particulares de suelo urbano”, para cada una de las nueve zonas existentes desde el en la ciudad de Madrid.
Implicaciones en los edificios catalogados
En edificios con algún tipo de protección, ya sea municipal o autonómica, esta normativa es igualmente válida. La única diferencia estriba en que dicho cambio, debe además ser compatible con los valores culturales, artísticos o arquitectónicos por los que dicho edificio fue protegido en el catálogo del Plan General. Es decir, aún siendo posible debe respetar los elementos valiosos del edificio, aquellos singulares por los que el inmueble fue significado y catalogado en el Plan General.
Llegado a este punto alguien podría pensar que esto es realmente restrictivo, pero no tienen porque ser así. Pensemos que algunos edificios, como el Cuartel de Conde Duque o el Museo Reina Sofía, tuvieron anteriormente a los actuales usos de carácter militar o sanitario, a diferencia del uso cultural que actualmente regentan.
Cambios de uso habituales
Sin llegar a esos extremos, el cambio de uso habitual en Madrid en todos aquellos edificios situados en el centro histórico de la ciudad, suele ser el de vivienda a terciario, en su clase de oficina o comercial, y viceversa. En los casos particulares en los que hemos intervenido, las restricciones se han limitado a conservar determinados elementos, que en ningún caso han limitado el potencial del nuevo uso. Sino más bien al revés, lo han diferenciado y otorgado más valor que si no hubieran existido esas preexistencias patrimoniales inicialmente.
Cambio de uso en piso sito en barrio de Salamanca. DESPUÉS Oficina
ANTES vivienda
Singularidades de un edificio histórico
¿Qué consideramos edificio histórico? ¿Por qué su enfoque debe ser diferente al de un edificio actual?
Todo edificio es consecuencia de un determinado momento histórico, estando construido en un lugar y espacio temporal concretos. En Madrid, los edificios que suelen ser considerados valiosos desde el punto de vista patrimonial están ubicados temporalmente desde el siglo XVI hasta la Guerra Civil española. El cemento se introdujo en España, justo pocos años antes de la Guerra, por lo que la casi totalidad de los edificios considerados actualmente patrimoniales, no están construidos con este material. Aspecto que marca un enfoque totalmente distinto del que tenemos en la intervención de un edificio común contemporáneo, teniendo implicaciones profundas en la dureza, permanencia o comportamiento del edificio.
¿Por qué confiar en nosotros para hacer su cambio de uso?
Somos una empresa formada por arquitectos especialistas en edificios catalogados con experiencia de 15 años en el sector. Ofrecemos un trato directo y cercano. Conocemos bien toda la normativa patrimonial y sus implicaciones, así como los conocimientos técnicos específicos de este tipo de edificios. Podemos gestionar expedientes con la máxima rapidez y eficiencia por conocer en detalle las particularidades de la gestión de este tipo de expedientes en el ámbito municipal y en Patrimonio.
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Asesor del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid en el ámbito de Patrimonio Arquitectónico – Inspección y conservación
Colaborador de la Dirección General de Patrimonio de la Comunidad de Madrid
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